Buenos días.Gracias por la consulta. Lo que sucede es que la Administración Tributaria ha publicado el Informe Nº 100-2012-SUNAT, en el que recoge el Oficio Nº 156-2010-INEI/DC, que indica que la venta de espacios para la publicación de anuncios realizados directamente por las empresas editoras, es un producto inherente del proceso de publicación en el medio, clasificándose en la misma clase de actividad de edición 2212- Edición de periódicos, revistas y publicaciones periódicas.De esta forma, al no encontrarse estos servicios de publicación de anuncios u otros en medios escritos, realizada por empresas editoras, en la CIIU 7430- Publicidad, entonces a partir del 02 de abril de 2012 se encuentran sujetos a la detracción del 9%- Otros servicios emrSusariales.paledos